- Normalmente, los operadores de telefonía celular construyen antenas o torres en propiedades que no son suyas y, en consecuencia, tienen que firmar contratos de arrendamiento con los propietarios para que les permitan instalar sus equipos en dichos espacios. Esto les posibilita desplegar una red que dé cobertura a los usuarios finales, sin tener que comprar los terrenos sobre los que instalan su infraestructura. Los propietarios de terrenos y edificios reciben a cambio una renta que varía en función de las condiciones que previamente se establezcan en el contrato.
- La compra de los derechos del contrato de arrendamiento consiste en ofrecer al propietario del terreno sobre el que está instalada la estructura de telecomunicaciones una cantidad de dinero, a cambio de recibir las rentas futuras sobre su contrato de arrendamiento. Dicha operación en ningún caso afecta la titularidad del terreno, sino únicamente el derecho de recibir la renta directamente del operador.
- De forma similar a una transacción de bienes inmuebles, las condiciones específicas que se estipulen en el contrato quedan registradas ante un notario. Esto asegura que aunque el propietario decida ejercer su derecho a la venta del inmueble/terreno o el operador decida desmantelar la torre, los intereses de ambas partes quedarán protegidos.
- Uno de los elementos a tener en cuenta a la hora de valorar su torre/antena es la localización, pero existen muchas otras variables y factores de riesgo que influyen. Los términos establecidos en su contrato de arrendamiento, la tecnología instalada, el número de operadores en su propiedad, la inflación, la vigencia del título de su propiedad y que éste no tenga ningún antecedente jurídico, y por supuesto, la renta que el operador le esté pagando actualmente. Estos son solo algunos de los factores que se consideran a la hora de establecer el valor de su torre/antena.